domingo, 29 de octubre de 2017

EVALUACIÓN PARCIAL I




EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL EN EL TRABAJO

El Diccionario de la Real Academia de la Lengua define el acoso sexual como el que tiene por objeto obtener los favores sexuales de una persona cuando quien lo realiza abusa de su posición de superioridad sobre quien lo sufre.
Según la OIT (1995; 1997), para que haya acoso sexual deben integrarse tres elementos: un comportamiento de carácter sexual, que no sea deseado y que la víctima lo perciba como un condicionante hostil para su trabajo, convirtiéndolo en algo humillante. El acoso sexual es cualquier tipo de acercamiento o presión de naturaleza sexual tanto física como verbal, no deseada por quien la sufre, que surge de la relación de empleo y que da por resultado un ambiente de trabajo hostil, un impedimento para hacer las tareas y un condicionamiento de las oportunidades de ocupación de la persona perseguida.
El término acoso sexual en el trabajo apareció en los años setenta en Estados Unidos.
En el fenómeno del acoso sexual hay que tener en cuenta que se trata de una situación que la víctima no desea, y que como cada persona determina el comportamiento que aprueba o tolera, es por ello un concepto subjetivo.
Es una forma más de violencia, que constituye una forma de comportamiento intolerable que atenta contra los derechos fundamentales de la persona, con una repercusión social lo suficientemente importante, ya que las víctimas, aunque se dan casos en ambos sexos, en la inmensa mayoría son mujeres. Y podría venir potenciado por una situación laboral precaria (INSHT, 1999). Todo ello afecta a las condiciones de trabajo, como un problema cada vez más grave para las empresas.
http://www.psicologia-online.com/ebooks/riesgos/capitulo6_2.shtml

¿QUE PASA EN EL PERÚ?

En nuestro país, en la separata publicada por el Ministerio de Salud acerca de la “Ley y reglamento de prevención y sanción de hostigamiento sexual”, el año 2004, se define al hostigamiento o acoso sexual como aquella “serie de conductas verbales o físicas de naturaleza sexual, llevadas a cabo por una persona jerárquicamente superior a otra o por un compañero de trabajo o estudio, y que se suponen el ataque a determinados derechos fundamentales de la víctima”.
Esta definición no hace distingo de sexo por lo que podría presentarse el hostigamiento de un hombre hacia una mujer o viceversa, así como también entre personas del mismo sexo. Además, marca la diferencia con la experiencia humana del cortejo romántico o la interacción social aceptable.
El Ministerio de la Mujer en el Perú señala que las cifras oficiales sobre denuncias en esta materia –pese al subregistro– evidencian que el hostigamiento sexual es ejercido mayoritariamente contra las mujeres, siendo éstas las más expuestas en un contexto de situaciones de privilegio y abuso de poder por parte de sus agresores, lo que impide una convivencia con libertad, respeto y solidaridad. Estos hechos forman parte de la violencia de género, porque expresan las relaciones asimétricas de poder entre los sexos.
http://www.essalud.gob.pe/downloads/ceprit/marzo_2016.htm


¿COMO ENFRENTARNOS A ESTA SITUACIÓN?


Piensa si estás haciendo algo para generar el mal comportamiento. Enfrentarlo, podrías tener algo de responsabilidad en el asunto. Corrige tus acciones, entabla reuniones de retroalimentación y solicita las disculpas del caso de ser necesarias. Asegúrate de que no estás siendo demasiado susceptible sobre temas que suceden como producto del día a día, sobre todo si estás empezando tu camino laboral.
Si tu jefe te da feedback de manera enérgica o te llama la atención con un memorando por escrito, no significa que te esté hostigando. Es una alerta y debes entenderla de manera objetiva.
Contestar sinceramente te será de enorme ayuda, porque estarás racionalizando lo sucedido. Al hacerlo estás estableciendo parámetros aceptables y no aceptables. Por lo tanto, toda demanda debe nacer del principio de racionalidad, comenta Gustavo Quispe, abogado laboralista. El experto indica, además, que si el empleado recibe una fuerte llamada de atención del jefe, sin causa aparente, este está atentando a la racionalidad, porque no hay motivo para que un jefe llame a pedir «información» un viernes a las 10:00 p.m. si esta no se necesitará hasta el lunes, por ejemplo.
MIS CONCLUSIONES
-Considerar que para ser llamado acoso sexual deben integrarse tres elementos: un comportamiento de carácter sexual, que no sea deseado y que la víctima lo perciba como un condicionante hostil para su trabajo.
-En nuestro país desde el 2004 ya existe y una ley y reglamento de prevención y sanción de hostigamiento sexual.
-Hay que tomar en cuenta señales que permita identificar casos de acoso en el trabajo, estas medidas de identificación van desde una auto reflexión de como te estas desempeñando en el trabajo hasta tomar acciones de como enfrentarse por ejemplo comunicar el malestar que te ha provocado la intimidación con carácter sexual que has recibido. 

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